miércoles, 19 de junio de 2013

Fotos para la historia.-


Un Phantom F-4D en el Polígono de Tiro de Smokey Hill, Kansas, cubriendo la ruta de salida a baja cota

2 comentarios:

  1. No tengo claro si la definición de baja cota se puede aplicar aquí...

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  2. Real Decreto 1489/1994, de 1 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Circulación Aérea Operativa.

    Definición de "Muy baja cota": altura de vuelo igual o inferior a 1.000 pies AGL/MSL.

    Saludos.

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